La organización debe establecer, implementar y mantener un(os) proceso(s) para consulta y participación de trabajadores en todos los niveles y funciones aplicables, y cuando existan, representantes de los trabajadores en el desarollo, planeacion, implementación, evaluaciones de desempeño y acciones para mejoramiento del sistema de admintración/gestión en SyST.
La alta dirección debe:
a) proporcionar los mecanismos, el tiempo, la formación y los recursos necesarios para la consulta y la participación;
NOTA 1 La representación de los trabajadores puede ser un mecanismo para la consulta y la participación.
b) proporcionar el acceso oportuno a información clara, comprensible y pertinente sobre el sistema de administración/gestión de SyST;
c) determinar y eliminar los obstáculos o barreras a la participación y minimizar aquellas que no puedan eliminarse;
NOTA 2 Los obstáculos y barreras pueden incluir la falta de respuesta a los aportes o sugerencias de los trabajadores, barreras de idioma o de alfabetización, represalias o amenazas de represalias y políticas o prácticas que desalientan o penalizan la participación del trabajador.
d) enfatizar la consulta de los trabajadores no directivos sobre lo siguiente:
1) la determinación de las necesidades y expectativas de las partes interesadas (ver 4.2);
2) el establecimiento de la política de SyST (ver 5.2);
3) la asignación de roles, responsabilidades y autoridades de la organización, según sea aplicable (ver 5.3);
4) la determinación de cómo cumplir los requerimientos legales y otros requerimientos (ver 6.1.3);
5) el establecimiento de los objetivos de SyST y la planeación para lograrlos (ver 6.2);
º
6) la determinación de los controles aplicables para la contratación externa, las compras y los contratistas (ver 8.1.4);
7) la determinación de qué necesita seguimiento, medición y evaluación (ver 9.1);
8) la planeación, el establecimiento, la implementación y el mantenimiento de programas de auditoría (ver 9.2.2);
9) el aseguramiento de la mejora continua (ver 10.3);
e) enfatizar la participación de los trabajadores no directivos sobre lo siguiente:
1) la determinación de los mecanismos para su consulta y participación;
2) la identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos y oportunidades (ver 6.1.1 y 6.1.2);
3) la determinación de acciones para eliminar los peligros y reducir los riesgos para SyST (ver 6.1.4);
4) la determinación de los requerimientos de competencia, las necesidades de formación, la formación y la evaluación de la formación (ver 7.2);
5) la determinación de qué información se necesita comunicar y cómo hacerlo (ver 7.4);
6) la determinación de medidas de control y su implementación y uso eficaces (ver 8.1, 8.1.3 y 8.2);
7) la investigación de los incidentes y no conformidades y la determinación de las acciones correctivas (ver 10.2).
NOTA 3 Enfatizar la consulta y la participación de los trabajadores no directivos pretende aplicarse a las personas que llevan a cabo actividades de trabajo, pero no pretende excluir, por ejemplo a los directivos que sufren un impacto por actividades de trabajo o por otros factores de la organización.
NOTA 4 Se reconoce que la provisión de formación sin costo para los trabajadores y la provisión de formación durante las horas de trabajo, cuando sea posible, puede eliminar barreras significativas para la participación de los trabajadores.