La organización debe:
a) determinar la competencia necesaria de las personas que realizan trabajos bajo su control, que afecte a su desempeño ambiental y su capacidad para cumplir sus requisitos legales y otros requisitos;
b) asegurarse de que estas personas sean competentes, con base en su educación, formación o experiencia apropiadas;
c) determinar las necesidades de formación asociadas con sus aspectos ambientales y su sistema de gestión ambiental;
d) cuando sea aplicable, tomar acciones para adquirir la competencia necesaria y evaluar la eficacia de las acciones tomadas.
NOTA Las acciones aplicables pueden incluir, por ejemplo, la formación, la tutoría o la reasignación de las personas empleadas actualmente, o la contratación o subcontratación de personas competentes.
La organización debe conservar información documentada apropiada, como evidencia de la competencia.